Como expertos del comportamiento y la psiquis humana, vemos con honda preocupación la poca claridad del criterio clínico que prevaleció para trasladar, al señor Brito, desde el lugar donde ejercía su derecho a la protesta mediante una huelga de hambre, hasta un centro de salud de la ciudad capital, sin la autorización de la propia persona o en su defecto con la autorización de algún familiar calificado, en caso de comprometidas facultades mentales, y tal como lo establece el Código de Ética del Psicólogo y la legislación patria e internacional el que instituye despeto de los derechos humanos.